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Tribunal Europeo de Derechos Humanos asegura que el sexo se basa innegablemente en un hecho biológico

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, volvió a confirmar que la mujer es madre y el hombre es padre, basados en que el sexo se basa innegablemente en un hecho biológico, esto luego de una demanda para registrar a una persona transgénero como padre, cuando es una mujer que dio a luz a su hijo.

Esta reafirmación se dio luego que el Tribunal de Distrito de Schöneberg (Berlín) negara a una mujer inscribirse únicamente como padre de su hijo, recordando el artículo 1591 CC – inciso 35 infra) la madre de un niño es la persona que lo ha dado a luz. Al querer inscribir a su hijo como padre, el registrador civil tuvo dudas, por lo que lo trasladó al Tribunal de Distrito de Schöneberg para su decisión.

Unos meses después el tribunal de distrito ordenó que debía registrarlo como madre, y un año más tarde el Tribunal Federal de Justicia confirmó la sentencia. Aclarando que la Ley de TSG la condición de la persona transexual como padre o como madre debe permanecer invariable, garantizando la condición jurídica de madre o padre del niño, definida biológicamente por el parto o la fecundación, por lo que no era susceptible a cualquier modificación.

El Tribunal Federal de Justicia señaló que, al igual que la gran mayoría de los ordenamientos jurídicos existentes en el mundo, el derecho alemán sobre la filiación se basaba en el establecimiento de un vínculo entre las funciones procreadoras de los padres y su sexo, asignando el papel de persona que da a luz a una mujer (la madre) y el papel de la persona que da a luz a un hombre (el padre).

En su opinión, la Ley Básica no implicaba la obligación de crear una ley de paternidad neutra en cuanto al género que tendría el efecto de reducir la paternidad y la maternidad a roles puramente sociales y abolir estos dos estatus como categorías legales, concluye.

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